Radiografía de la “ley pulpín”

Jorge Rendón Vásquez

La Ley 30288, del 15/12/2014, crea un régimen laboral especial para las personas de 18 a 24 años. Como derechos sociales les reconoce solo la remuneración mínima, 15 días de vacaciones anuales, las prestaciones de ESSALUD y la afiliación al SNP o a una AFP.

Les amputa la compensación por tiempo de servicios (CTS), las dos gratificaciones anuales, la bonificación de familia, el seguro de vida y la participación en las utilidades.

Veamos lo que estos derechos suprimidos representan en porcentajes, en relación a la remuneración mínima: (Ver recuadro)

Por cada trabajador de 18 a 25 años menos un día, el empleador se embolsará 3,705 soles adicionales por año. Si toma 100 trabajadores su ganancia extra será 370,500 soles.

Como la ley 30288 es aplicable a todas las empresas, se beneficiarán con ella los propietarios de las micro, pequeñas medianas y grandes empresas. Por igual trabajo a los jóvenes de 18 a 25 años menos un día se les pagará menos que a los demás trabajadores.

Se debe recordar que la remuneración mínima está destinada a los trabajadores con menor calificación profesional, entre los cuales se encuentran los jóvenes que recién se incorporan al trabajo. Por su monto muy bajo y congelado es ya una remuneración de hambre. Sacarle derechos sociales a esta remuneración es el colmo de la expoliación.

La inconstitucionalidad de la Ley 30288 es írrita. Viola la igualdad ante la ley (Const. art. 2º-2, 26º), el derecho al progreso social (Const., arts. 22º, 23º, 24º) y el derecho a participar en las utilidades de la empresa (Const., art. 29º).

¿El nuevo régimen creará nuevos empleos para los jóvenes de 18 a 25 años menos un día?

No creará ni un empleo nuevo.

1º. Los empresarios cubrirán los empleos disponibles, tomando a jóvenes bajo el nuevo régimen de la Ley 30288 que les resultarán más baratos. Prescindirán de los trabajadores de 25 años y más.

2º. Los empleos no se crean, en general, por el menor costo de los derechos sociales. Se crean por los requerimientos del mercado. Lo pruebo en seguida.

En el cuadro precedente se precisa que los derechos no pagados en el nuevo régimen equivalen a 41.16% de la remuneración. ¿Qué representa este porcentaje en el valor conjunto de la producción?

Supongamos que una gran empresa invierta 1’000,000 soles en medios de producción(amortización de máquinas, herramientas, locales, patentes, etc. y materias primas) y 100 soles en remuneración; y que la ganancia sea el 25% de la inversión total: 250,025 soles. El precio del producto sería 1’250,125 soles (1’000,000 + 100 + 250,025).Los derechos sociales no pagados por el nuevo régimen equivaldrían a 41.16 soles. Esta cantidad respecto del precio del producto sería el 0.0033%.

Tomemos una micro empresa, en la que el capital invertido en medios de producción sea 1,000 soles y la remuneración 100 soles. Añadiendo la ganancia (por ejemplo 25% de la inversión total) 275 soles, el precio del producto sería 1,375 soles (1,000 + 100 + 275). Los 41.16 soles de derechos laborales suprimidos, serían el 2.99% del precio del producto. Si el bien a venderse fuera un pan de S/. 0.25, el 2.99% indicado equivaldría a S/. 0.0075 (menos de la décima parte de un centavo).

En ambos casos, los derechos laborales suprimidos son tan pequeños que no tienen ninguna incidencia sobre el precio del bien o servicio que se ofrece en el mercado.

Sólo en gastos de publicidad algunas empresas gastan hasta el 25% del precio del producto.

La magnitud del mercado depende de la capacidad adquisitiva de los compradores y entre estos, en su mayor parte, de los ingresos de los trabajadores. Es obvio que si se les reduce sus remuneraciones o sus derechos sociales, por la inflación o recortándoselos, se contrae la dimensión del mercado.

Se puede suponer que las organizaciones empresariales algo han debido invertir para obtener este resultado. (Alan García debe de estar pensando cuánto le hubiera tocado a él: “la plata viene sola”).

En abril de 2006, en Francia se aprobó una ley semejante a la 30288. Fue como si los relámpagos y truenos hubiesen sacudido hasta los confines más recónditos de la sociedad francesa. Los adolescentes de los liceos, los universitarios y los trabajadores salieron a las calles y paralizaron Francia. Y el Presidente de la República Chirac tuvo que encarpetar la ley y dejarla sin efecto.

¿Y nosotros aquí qué?

http://diariouno.pe/2015/01/18/radiografia-de-la-ley-pulpin/

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