Perú: ¿Tribunal o chacra?

Ronald Gamarra

Los señorones Ferrero, Blume y Sardón, que votaron a caballazo la libertad del condenado Alberto Fujimori, sacándose de la manga un “indulto” que en su momento se comprobó torcido y fraguado y por ello es hoy materia de un proceso penal, no han actuado como magistrados constitucionales sino como gamonales que pretenden hacer lo que les da la real gana en su chacra. Y en ello, no les ha importado echar por la borda la juridicidad, las normas y los tratados internacionales, exponiendo al Estado peruano a una vergüenza y una condena segura. Lo importante, para ellos, era imponer un fallo en el sentido de sus preferencias políticas particulares.

Así, aunque la propia posición del Tribunal Constitucional quede gravemente comprometida y desacreditada, los señorones no dudan en validar una iniquidad, inclusive sin decoro, aprovechando un borroso y abstruso habeas corpus carente de mayores razones. La maniobra es tan burda como desalentadora, porque deja en el ciudadano la confirmación de que la justicia en nuestro país se administra a la medida de las conveniencias: para mis enemigos, la ley; pero para mis compadres, toda la lenidad del mundo. No importa que hayan matado valiéndose del grupo Colina, robado como nadie las arcas nacionales o corrompido de manera múltiple; son pecados veniales, pues.

El trío de amigotes del fujimorismo en el Tribunal Constitucional decidió cargarse no solo la normatividad nacional e internacional reconocida por el Perú, que afirma la primacía incuestionable de los derechos humanos y el respeto a las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, sino la propia línea jurisprudencial del máximo intérprete de la Constitución, lo cual es de una gravedad evidente y amenazadora. Si el Tribunal Constitucional destroza de modo tan arbitrario una orientación jurídica consistente, qué protección les queda esperar a los ciudadanos. Peor aún si ese derrotero se quiebra de manera tan inexcusable como lo ha hecho la mayoría dirimente del alto tribunal, que de inmediato ha concitado la mirada condenatoria en nuestro país y más allá de las fronteras nacionales.

Y hay que recalcar que la línea jurídica vigente en nuestro país, les guste o no a los señorones Ferrero, Blume y Sardón, tiene su fundamento primero, al menos formalmente, si no en la realidad cotidiana, en la defensa de los derechos humanos. Es así, tanto en el orden jurídico nacional como en la normatividad internacional reconocida voluntariamente por el Estado peruano, y lo es también en la jurisprudencia del propio Tribunal Constitucional. Sea de su agrado o no, es así. Y como jueces del más alto tribunal local están obligados a decidir en función del orden jurídico y respetándolo escrupulosamente, no según su regalado gusto y preferencias políticas.

Pero los señorones Ferrero, Blume y Sardón están decididos a actuar como si estuvieran en su chacra. Han olvidado que forman parte de la cabeza de un tribunal, de un órgano que debate y decide en función del derecho. Por eso, no se han detenido ni por un instante ante la posibilidad de exponer al Tribunal Constitucional a quedar malparado y a ser corregido por una instancia supranacional. Nos retornan con este género de prácticas a los tiempos en que su venerado Alberto Fujimori y su cómplice Vladimiro Montesinos manipulaban a su gusto el Tribunal Constitucional en función de una reelección inconstitucional que terminó en su propio hundimiento.

La línea peligrosa emprendida por los señorones ya se había manifestado con todo hace muy poco con una nueva decisión sorpresiva emitida sobre el caso El Frontón, que le quita el carácter de delito de lesa humanidad en contra de lo ya establecido en la jurisdicción internacional. La finalidad de esta sentencia es más que evidente y apunta a favorecer indebidamente a los involucrados en ese caso para que les alcance la prescripción penal y se cierre toda posibilidad de proceso. Pero los hechos son macizos y no pueden ser cambiados por arte de magia ni por ninguna tinterillada, y será corregida tarde o temprano por la jurisdicción supranacional.

Lo mismo cabe decir de la decisión, también reciente, de este mismo sector de señorones que hoy controla el Tribunal Constitucional, que desconoce el rango constitucional del derecho a la consulta previa a las comunidades. La línea contraria a los derechos humanos y fundamentales de este sector de nuestro alto tribunal está ya trazada. El capítulo Fujimori es solamente el que más polvo ha levantado. Tarde o temprano, los sectores que apoyan esta deriva plantearán repudiar los tratados que reconocen la jurisdicción supranacional como lo hicieron Alberto y Vladimiro cuando gobernaban. Solo es cuestión de esperar.

Volviendo al tema de la sentencia del Tribunal Constitucional que reabre el indulto a Fujimori, es de esperar que, en el contexto de su labor de supervisión, la Corte Interamericana de Derechos Humanos –a la cual ya acudieron los familiares de las víctimas de Barrios Altos y La Cantuta solicitando el dictado de medidas provisionales a fin de que el Estado peruano se abstenga de realizar acciones orientadas a la impunidad– resuelva que tal pronunciamiento ha sido emitido en un proceso que no ha respetado los estándares de la Convención Americana de Derechos Humanos y se ha originado en un hecho internacionalmente ilícito, por lo que califica de cosa juzgada fraudulenta.

Haría bien el Estado peruano en no esperar cruzado de brazos la condena internacional que vendrá, ni repetir vergüenzas y papelones anteriores, de los que aún se habla en San José. A través de la Procuraduría Pública Especializada Supranacional, que ejerce la defensa ante la Corte y define la estrategia a seguir, y con la presencia del ministro de Relaciones Exteriores, debería reconocer de inmediato la responsabilidad internacional por la violación de la Convención Americana de Derechos Humanos, en relación con los hechos expuestos por los familiares de las víctimas de crímenes imperdonables; expresar que tal reconocimiento deriva de la acción de tres miembros del Tribunal Constitucional que han expedido una sentencia contraria a los parámetros establecidos por la Corte y que afecta grave e intensamente el derecho de acceso a la justicia de las víctimas y sus familiares, en lo que respecta a la ejecución de la pena dispuesta contra Alberto Fujimori por la Sala Penal que presidió el juez San Martín; reafirmar su política de promoción y protección de los derechos humanos; y ratificar su respeto y consideración por los familiares de las víctimas y ofrecerles perdón por lo ocurrido.

Por cierto, Fujimori no debe morir en la cárcel. Nadie merece tal destino. Su salida de la Diroes, cuando corresponda, no será –no debería serlo– a través del indulto porque sus crímenes son imperdonables, y menos a través de arreglos y conveniencias políticas, y saltándose los trámites y requisitos establecidos. Conforme a los estándares ya fijados por la Corte de San José, será –debería serlo– recorriendo una vía intermedia, que responda de forma proporcional y ponderada tanto al resguardo de sus derechos a la vida e integridad como al derecho de acceso a la justicia de las víctimas y sus familiares. Cumpliendo las exigencias fácticas y jurídicas que se consideren necesarias y se apliquen con humanidad, deberá pasar sus últimos días en compañía de su familia, en régimen de prisión domiciliaria o de un laxo permiso de salida del penal.

Fuente: HILDEBRANDT EN SUS TRECE N°579, del 25/03/2022

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